CONFEDERACIÓN PAN-AMERICANA DE LOS SUPREMOS CONSEJOS del REAA

La Excelsa Congregación de los Supremos Consejos del REAA del Brasil, la primera asociación masónica formada por los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado del Brasil, desde su fundación brega por la homogeneidad y la ortodoxia del Rito. La Institución tiene como principio la divulgación del Rito y a su expansión entre aquellos que lo practican y no pretende su primacía.

Partiendo de esa premisa, el deseo de crear una asociación que abarcase el territorio americano era un asunto constante em sus reuniones. El objetivo comprendía a América del Sur, América Central, el Caribe y América del Norte. 

La idea fue tomando forma, la aceptación fue creciendo y, en la reunión realizada en Cuiabá, el entonces Gran Comendador de Mato Grosso, H.´. Anselmo Falcão de Arruda, el 24 setiembre de 2010, propuso la creación de la Confederación Pan-americana. La propuesta fue aprobada, y la Confederación Pan-Americana fundada, siendo electa una Dirección Provisoria.

Estaban presentes, a través de sus representantes, los Supremos Consejos de México, de Paraguay y de los Estados brasileros de Rio Grande del Sur, de San Pablo, de Minas Gerais, de Paraná, de Pernambuco, de Santa Catalina, de Río Grande del Norte, de Ceará, de Paraíba, de Maranhão y de Mato Grosso.

La Dirección Provisoria quedó así constituida: Presidente Antonio José Aniceto Rossi, del Supremo Consejo de San Pablo; Vice-Presidente Ponciano Muñoz Madrigal, del Supremo Consejo de México; Secretarios: Sidney Pacheco, de Supremo Consejo de Santa Catalina y Sebastião Cardoso, del Supremo Consejo de Minas Gerais; Tesorero: José Emmanuel Barros Cotta, del Supremo Consejo de Paraná; Secretario de Relaciones Exteriores: Wagner Colombarolli, del Supremo Consejo de Minas Gerais.

A esta reunión de Cuiabá, como invitados especiales, estaban el Gran Comendador del Supremo Consejo de Francia, H.´. Claude Collin y el H.´. Georges Bousquet, Maestro de Ceremonias de aquel Supremo Consejo. Esa iniciativa de la Excelsa Congregación tuvo la entusiástica aprobación del GC Claude Collin, que, para remarcar tal acierto, incentivó la creación de las Confederaciones Pan-Africana e Pan-Europea.

       En esa oportunidad, fue agendada para San Pablo una reunión a realizarse em mayo de 2011, donde serían invitados todos los Supremos Consejos con sede en las Américas y el Caribe, miembros del Grupo de Supremos Consejos Amigos.

En la ciudad de Sen Pablo, el día 13 de mayo de 2011, con la presencia de los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, a través de sus representantes: Antonio José Aniceto Rossi, de San Pablo: Eduardo da Silva Matos, de Río Grande del Sur; Sebastião Cardoso, de Minas Gerais; José Emmanuel de Barros Cotta, de Paraná; Fernando Albuquerque de Mello, de Pernambuco; Ticiano Duarte, de Río Grande del Norte; José Chagas Filho, de Ceará; Levy Freire Ribeiro, de Paraíba; Anselmo Falcão Arruda, de Mato Grosso, José Raimundo Nogueira dos Anjos, de Maranhão; Claude Collin, de Francia; Michel F. Bonnet, de Haití; Tonchi Eterovic Nigoevic, de Bolivia; José Ismael Candia, de Paraguay; Andrés Toth Vasquez, de Venezuela;  Jaime E. Egas Daza, de Ecuador; Jaime López Maya, de Colômbia; Ponciano Muñoz Madrigal, de México y sus delegaciones y Jurandir Alves de Vasconcelos, Gran Maestro del Gran Oriente Paulista, se procedió a la reunión para la aprobación del Reglamento Interno y la elección de la 1ª Dirección efectiva, para un mandato de cuatro años, de 2011 a 2015, que quedó así constituida: Presidente: Antonio José Aniceto Rossi, Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de San Pablo; Vice-Presidente: Jaime López Maya, Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de Colombia; Secretarios: Sidney Pacheco, Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de Santa Catalina y Sebastião Cardoso, Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de Minas Gerais; Tesorero: José Emmanuel Barros Cotta, Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de Paraná; Secretario de Relaciones Exteriores: Wagner Colombarolli, Miembro Efectivo del Supremo Consejo de Minas Gerais.

O Reglamento Interno aprobado tiene los siguientes objetivos primordiales:

Artº 1º – La Confederación Pan-Americana de los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, tiene como sede y foro la ciudad de San Pablo, capital del Estado de San Pablo, Brasil, en la calle Jaguaribe, 118/122, Barrio de Santa Cecilia, CEP 01224-000, ypara efectos jurídicos, es una entidad civil de derecho privado, con competencia en todo el territorio de las Américas y el Caribe, constituida por tiempoindeterminadosin fines de lucro, independente y autónoma, filosófica, cultural, filantrópica, educativa, cívica, adogmática, apartidaria y progresista, no estando subordinada y no prestando obediencia a ninguna otra Institución, incluso similares.

Párrafo único – La Confederación Pan-Americana tendrá, no obstante, una segunda sede, en carácter itinerante, que será aquella del Supremo Consejo afiliado, cuyo Soberano Gran Comendador esté en el ejercicio de la Presidencia.

Artº 2º – Componen la Confederación Pan-Americana los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, signatarios del presente Reglamento Interno y otros Supremos Consejos que sean admitidos en el futuro, constituidos exclusivamente de personas del sexo masculino, libres y de buenas costumbres y que siguen los criterios de regularidad del Rito y la Declaración de Principios.

§ 1º – Defínese como Supremo Consejo del Rito Escocés Antiguo y Aceptado o denominación semejante, o simplemente de aquí en adelante SUPREMO CONSEJO, la entidad civil de derecho privado, representativo de Corporaciones de los Altos Grados del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, así comprendidos los grados 4º al 33º, a ella subordinada, en el área de su jurisdicción.

– La Confederación Pan-Americana tiene por finalidad:

I – Congregar a los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, con sede en los territorios de las Américas y el Caribe y difundir los principios del Rito de conformidad con los textos fundamentales que lo originaran, así comprendidos las Constituciones de 1.762, las Grandes Constituciones de 1.786, revisadas em 1.875, por la Convención Universal de los Supremos Consejos, por el tratado de Unión, Alianza y de Confederación de los Supremos Consejos del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, firmado el 22 de setiembre de 1.875, en Lausanne y todas las resoluciones de los Congresos Internacionales realizados em Washington (1.912), Bruselas (1.907 – 1935), Lausanne (1.822), París (1.929 – 1996), Gand (1.998), Atenas (2.001), Belgrado (2.004), Libreville (2.006), São Paulo (2.008), Nápoles (2012) y por otros realizados o a realizarse por todos los Supremos Consejos del mundo, siempre objetivando la difusión de los principios y de la filosofía del Rito;

II – Representar a las Potencias afiliadas, cuando debidamente autorizada, actúe en las Organizaciones y Congresos Masónicos y, junto al mundo profano, teniendo em vista la grandeza, la harmonía y la gloria del Rito Escocés Antiguo y Aceptado;

III – Congregar a los afiliados en el estudio de la filosofía, historia, liturgia y simbología masónicas, según los principios del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, inspirándolo al desarrollo interior del hombre masón, a la práctica de la filantropía, del civismo, del desarrollo científico, cultural, artístico y al perfeccionamiento moral de las sociedades en que están insertadas;

IV – Colaborar con las autoridades legítimamente constituidas, en pro del orden, del progreso y del bienestar de la Humanidad;

V – Difundir entre los afiliados y demás Potencias Masónicas los postulados de la Orden Universal y del Ideal Masónico.

Partiendo del interés común de los Supremos Consejos en la uniformidad de la práctica de los Rituales originales, en la seriedad de la importancia de la Masonería en el seno mundial y en la responsabilidad de sus dirigentes, la creación de la Confederación Pan-Americana, además de congregar en un sólo objetivo, cual sea el engrandecimiento del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, aproxima a la masonería filosófica de todo el Universo, en una demostración de que ella, la Masonería, es única donde fuere establecida y no propriedad de algunos, pero sí de los Masones regulares y reconocidos.

Es oportuno, para conocimiento de los Hermanos, informar que la Confederación Pan-Americana dio origen a la Confederación Pan-Africana y a la Confederación Pan-Europea, y nuestra Confederación tomada como ejemplo y contribuyendo a la historia del Rito Escocés Antiguo y Aceptado en el universo Masónico.

Originalmente integraron los cuadros de la Confederación Pan-Americana los siguientes Supremos Consejos:

  • Cochabamba, Bolivia
  • Santa Cruz, Bolivia
  • Colombia
  • El Salvador
  • Ecuador
  • Haití
  • México
  • Paraguay
  • Houston, Texas, USA
  • Venezuela
  • São Paulo, Brasil
  • Maranhão, Brasil
  • Minas Gerais, Brasil
  • Rio Grande del Norte, Brasil
  • Rio Grande del Sur, Brasil